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Ahora los policías podrán revisarte o a tu auto sin orden judicial… y será legal

Por: El Financiero

 

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional la figura de las inspecciones policiacas sin orden judicial o ministerial, únicamente en caso de sospecha razonable o flagrancia.

Durante la sesión de este martes, el pleno del máximo tribunal del país aprobó por mayoría de votos porciones de tres artículos del Código Nacional de Procedimientos Penales, cuyo proyecto de propuesta fue elaborado por el ministro Javier Láynez.

El ministro presidente de la Suprema Corte, Luis María Aguilar Morales, afirmó que las inspecciones son una medida proporcional, idónea y con un fin constitucionalmente válido, de proteger la seguridad pública y los derechos de las víctimas de delitos.

El pleno de la Corte aprobó por unanimidad el artículo 148 del Código Nacional de Procedimientos Penales, que establece la detención en flagrancia por delitos que requieren de querella.

La CNDH alegó que dicho artículo viola los preceptos pro persona, de presunción de inocencia y de legalidad, las formalidades esenciales del procedimiento, y los derechos de seguridad jurídica y a la libertad personal.

De acuerdo con lo aprobado, los criterios adoptados este martes no son aplicables a las revisiones en inspecciones preventivas en espacios públicos, retenes, aeropuertos, puertos y transporte público, por corresponder a otros parámetros constitucionales.

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